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Reformas de Importancia

Se realizarán los informes sobre reformas de importancia, analizando la viabilidad de la reforma propuesta teniendo en cuenta lo establecido en:

  • El R.D. 736/1988, de 8 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de importancia de vehículos de carretera, modificado por la Orden CTE/3191/2002 de 5 de diciembre.
  • El R.D. 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolque, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos.

Método Operativo

De forma centralizada, se recopilarán las solicitudes enviadas por los solicitantes junto con la documentación necesaria para realizar la evaluación de cada caso (proyecto técnico, certificado del taller que efectúa la reforma, homologaciones e informes sobre reglamentación parcial si procede, etc.).
Una vez analizada la documentación necesaria, se realizará el informe correspondiente. En caso de no poder realizar el informe se informará con la mayor celeridad posible al solicitante para su conocimiento.

Asesoramiento

Se aporta el criterio técnico a otras áreas sobre las modificaciones realizadas en los vehículos, tales como los departamentos de ventas, postventa, personalización de vehículos, accesorios, marketing, etc.

Tramitación de "Kits Homologados" y R.I.G.

Se aplicarán los procedimientos necesarios para la obtención de los "Kits Homologados" y R.I.G.  por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y C.C.A.A. los cuales pueden usarse como alternativos a la reglamentación parcial correspondiente previo informe favorable del Laboratorio Oficial.

Fichas Reducidas

Se elaborarán las fichas reducidas de Características Técnicas para la matriculación en España de los vehículos de importación, según el modelo que le corresponda en el R.D. 2140/85

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